Nuevo contrato para la formación y el aprendizaje para jóvenes desempleados

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto Ley de medidas urgentes para la promoción del empleo de los jóvenes, entre las cuales destaca el nuevo contrato para el aprendizaje y la formación que pretende mejorar las oportunidades de empleo y formación de los jóvenes en situación de desempleo. El citado decreto propuesto por el ministro de Trabajo e Inmigración pretende también fomentar la estabilidad en el empleo y el mantenimiento del programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo (Programa PREPARA).

Este contrato tiene por objeto la cualificación profesional de los trabajadores en un régimen de alternancia de actividad laboral retribuida en una empresa, con actividad formativa recibida en el marco del sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo.

Está inspirado en el sistema alemán de formación dual, adaptado a las necesidades y características de nuestro mercado de trabajo y nuestro sistema de formación para el empleo y supone la derogación del actual contrato para la formación, que apenas constituye el 1% del total de los contratos que se realizan.

Características principales:

Se podrá contratar con este tipo de contrato a personas:

  • Mayores de 16 y menores de 25 años.
  • Sin cualificación profesional; es decir, que no tengan el título de ESO o que, aún teniéndolo, carezcan de título universitario, de formación profesional o un certificado de profesionalidad.
    De forma transitoria, hasta el 31 de diciembre de 2013, se podrá realizar también con mayores de 25 y menores de 30 años, ya que hay muchos jóvenes sin cualificación profesional alguna dentro de este grupo de edad.

 

  • Se trata de un contrato de trabajo con plenos derechos laborales y de protección social. 
  • La jornada laboral será del 75% de la jornada laboral habitual en la empresa. El resto del tiempo se dedicará a actividades formativas en un centro formativo.
  • Su duración mínima será de un año y la máxima de dos y podrá prorrogarse por doce meses más, en función del proceso formativo, teniendo derecho a toda la acción protectora de la Seguridad Social, incluida la protección por desempleo, y del FOGASA.


Con objeto de resultar atractivo para las empresas, cuando el nuevo contrato suponga incremento del empleo, la empresa tendrá una reducción de la contización del 100% a la Seguridad Social durante toda la vigencia del contrato si se contrata a personas desempleadas. La reducción será del 75% para empresas de más de 250 trabajadores.

Para favorecer su conversión en contratos indefinidos, las empresas tendrán derecho a una reducción de la cotización social de 1.500 euros anuales durante tres años (1.800 euros anuales en caso de contratar a mujeres), cuando a su finalización el contrato para la formación y el aprendizaje se transforme en un contrato indefinido y suponga creación de empleo fijo en la empresa.

Fuente: Ministerio de Trabajo e Inmigración