Subvención para la mejora de la competitividad en empresas del sector de automoción

Resumen sinóptico
Modalidad de préstamo
Carácter anual
Presupuesto Total mínimo:
100.000 Euros Pymes
500.000 Euros Grandes empresas
El régimen de concesión de las ayudas es el de concurrencia competitiva, conforme a los principios de publicidad, transparencia, igualdad y no discriminación.

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Primero. Objeto.
1. Se convoca, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de las ayudas en el año 2012 para la realización de actuaciones industriales cuya finalidad sea la mejora de la competitividad en empresas del sector de automoción.

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Segundo. Actuaciones objeto de las ayudas.
Podrán recibir ayuda los planes de competitividad presentados por las empresas de sectores estratégicos industriales, que comprendan actividades incluidas en las siguientes líneas de actuación:

1. Generación de nuevos productos o servicios o mejora de los ya existentes, que incrementen su valor añadido, mejoren su sostenibilidad y/o su seguridad.
2. Reingeniería de procesos productivos.
3. Adopción de sistemas avanzados de producción que impliquen incorporación de tecnologías de la información y comunicación, en especial los dirigidos a establecer colaboraciones estables a lo largo de la cadena de valor de un producto o servicio.
4. Estudios destinados a determinar la viabilidad técnica de actuaciones englobadas en los puntos 1 a 3 anteriores.
5. Formación dirigida a mejorar la capacitación del personal de la empresa.
6. Inversiones destinadas a la superación de normas comunitarias para la protección del medio ambiente o al aumento del nivel de protección del medio ambiente en ausencia de normas comunitarias.
7. Inversión en medidas de ahorro energético.
8. Estudios medioambientales.

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Tercero. Beneficiarios
Convocatoria Automoción:
Empresas del sector de automoción: Entidad privada, cualquiera que sea su forma jurídica, que ejerza una actividad económica y que esté válidamente constituida en el momento de presentar la solicitud de ayuda, y que cumpla al menos una de las siguientes condiciones:
1.    Empresas cuya actividad principal se encuadre en el código 29 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009): “Fabricación de vehículos de motor, remolques y semirremolques”
2.    Empresas industriales cuya actividad principal no está comprendida en el código CNAE anterior, que puedan acreditar que al menos el 60 por ciento de su facturación procede de empresas cuya actividad principal está comprendida en el código CNAE 29. Por empresas industriales, se entenderá aquellas cuyo código de actividad principal (tal como se define en el punto anterior) corresponda a la sección C (industria manufacturera) de la CNAE-2009.
3.    Centros técnicos de automoción que tengan personalidad jurídica propia dependientes de las empresas referidas en los puntos 1 y 2 anteriores.

Se entenderá por actividad principal de la empresa aquélla que proporcione el mayor valor de producción, o la que emplee un mayor número de personas. Esta circunstancia se acreditará mediante cualquier documento oficial en el que conste el código CNAE correspondiente a dicha actividad, tal como la tarjeta de identificación fiscal del beneficiario; la declaración censal; el impuesto de actividades económicas, etc.

En ningún caso, tendrán la condición de beneficiario las entidades sin ánimo de lucro.
Agrupaciones de interés económico (AIE), formadas por empresas de las señaladas como beneficiarias y que al menos una de ellas cumpla los requisitos establecidos en los apartados 1 y 2 anteriores.

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Cuarto. Modalidad de ayuda a la financiación de los planes de mejora de la competitividad. Características.
Las ayudas a la financiación de planes de competitividad podrán concederse con arreglo a la modalidad de préstamos. En la convocatoria correspondiente al año 2012 se concederán ayudas bajo la modalidad de préstamo con intereses.
Las características de los préstamos serán las siguientes:
a) Importe máximo del préstamo: El que resulte de la aplicación de los límites de intensidad de ayuda establecidos por Reglamento n.º 800/2008 de la Comisión, de 6 de agosto de 2008, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado (Reglamento general de exención por categorías), siempre y cuando no superen la inversión financiable.
b) Plazo máximo de amortización: Diez años, con un plazo de máximo de carencia de dos años.
c) Tipo de interés de aplicación del 3,95 por ciento anual.
d) No se exigirán garantías para la concesión de estas ayudas.

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Quinto. Financiación y cuantía máxima de las ayudas.
Convocatoria Automoción: La cuantía máxima de las ayudas convocadas para 2012 será de 220 millones de euros en la modalidad de préstamos.

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Sexto. Conceptos susceptibles de ayuda.
[…] Se detallan en el ANEXO I de esta convocatoria:
Líneas de actuación 1, 2 y 3:
1. Generación de nuevos productos o servicios o mejora de los ya existentes, que incrementen su valor añadido, mejoren su sostenibilidad y/o su seguridad.
2. Reingeniería de procesos productivos.
3. Adopción de sistemas avanzados de producción que impliquen incorporación de tecnologías de la información y comunicación, en especial los dirigidos a establecer colaboraciones estables a lo largo de la cadena de valor de un producto o servicio.

a) Instrumental y equipos.
• Inversiones en aparatos y equipos físicos y lógicos de nueva adquisición, en la medida y durante el período en que se utilice para el proyecto o actuación. […]
• El software que se utilice en el desarrollo del proyecto o actuación deberá ser original.
• Cuando la compra de los equipos se realice por medio de leasing sólo se imputarán las cuotas de amortización pagadas hasta el 31 de diciembre de cada anualidad, excluidos los gastos financieros.

b) Gastos de personal.
Se imputarán a este concepto los gastos de personal propio o contratado, dedicado directamente al proyecto o actuación.

c) Gastos en subcontrataciones, costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes.

d) Otros gastos de funcionamiento. Materiales y suministros.
Se imputarán los gastos de materiales exclusivamente destinados al proyecto o actuación.

e) Gastos generales suplementarios directamente derivados del proyecto o actuación.
Entre ellos se incluyen:
e.1) Costes indirectos:
Gastos indirectos:
•    621 Arrendamientos y Cánones.
•    622  Reparaciones y Conservación.
•    624  Transportes: Aquellos realizados por terceros por cuenta de la empresa, salvo los realizados para las ventas.
•    628  Suministros.
•    629  Otros servicios: Se podrán incluir los gastos de transporte del personal de la empresa, y gastos de oficina principalmente (material de oficina y limpieza).

e.2.) Viajes. Únicamente se admitirá este tipo de gastos referidos a personas dedicadas al Plan de Competitividad

e.3) Informe de auditor de cuentas.

f) Costes de edificios y terrenos

Líneas de actuación 4 y 8
4. Estudios destinados a determinar la viabilidad técnica de actuaciones englobadas en los puntos 1 a 3 anteriores.
8. Estudios medioambientales.
g) Costes del estudio de viabilidad técnica o del estudio medioambiental: Los gastos de personal propio, subcontrataciones o costes indirectos

Línea de actuación 5
5. Formación dirigida a mejorar la capacitación del personal de la empresa.
h) Costes de formación específica […]

Línea de actuación 6
6. Inversiones destinadas a la superación de normas comunitarias para la protección del medio ambiente o al aumento del nivel de protección del medio ambiente en ausencia de normas comunitarias.
i) Inversiones destinadas a la superación de normas comunitarias para la protección del medio ambiente o al aumento del nivel de protección del medio ambiente en ausencia de normas comunitarias.
i.1) Activos materiales: Inversiones en suelo, edificios, instalaciones y bienes de equipo, de conformidad con lo establecido en los apartados anteriores donde se detallan gastos equivalentes.
i.2) Activos inmateriales: Adquisición de derechos de patentes, licencias, know-how o conocimientos técnicos patentados, de conformidad con lo establecido en los apartados anteriores donde se detallan gastos equivalentes.

Línea de actuación 7
7. Inversión en medidas de ahorro energético.
j) Inversiones en medidas de ahorro energético. Costes de inversión suplementarios necesarios para la obtención de ahorros energéticos, sin tener en cuenta los beneficios y costes de explotación. Pueden ser inversiones en activos materiales y/o inmateriales.
j.1) Activos materiales: Inversiones en suelo, edificios, instalaciones y bienes de equipo, de conformidad con lo establecido en los apartados anteriores donde se detallan gastos equivalentes.
j.2) Activos inmateriales: Adquisición de derechos de patentes, licencias, know-how o conocimientos técnicos patentados, de conformidad con lo establecido en los apartados anteriores donde se detallan gastos equivalentes.

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Octavo. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de las solicitudes de las ayudas será de 20 días naturales contados desde el día siguiente al de la publicación de esta orden de convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». (12 de Junio 2012)

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Noveno. Formalización y presentación de solicitudes. Tramitación electrónica.
La formalización y presentación de solicitudes se realizará conforme a lo especificado en el apartado decimoséptimo de la Orden ITC/2366/2011, de 30 de agosto.
Tal como se establece en el citado apartado, las solicitudes constarán de formulario de solicitud de ayuda, cuestionario y memoria en la que se detallará el plan de competitividad previsto por la empresa, y se presentarán mediante firma electrónica avanzada en la sede electrónica del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, que será accesible en la dirección electrónica https://sede.minetur.gob.es  así como a través del portal del Ministerio, www.minetur.gob.es  El certificado electrónico deberá corresponder al solicitante de la ayuda.

 

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